Ante la situación derivada de la pandemia de COVID-19, el servicio de atención presencial pasa a quedar regulado por la Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado
Durante las diversas fases de desescalada del Estado de Alarma, tan sólo se permitirá la consulta presencial de documentos cuando no exista forma de consultar la documentación requerida a través de PARES o no se pueda dar una respuesta adecuada a través del servicio de atención no presencial.
Para acceder a las instalaciones de forma presencial, los usuarios deberán solicitar cita previa (aca@cultura.gob.es ).
Los usuarios que desean acceder a cualquier consulta telemática o presencial y no estuvieran dados de alta previamente en el sistema de Gestión Interna de los Archivos Estatales, deberán cumplimentar el siguiente formulario de alta , junto con una copia de su DNI (o pasaporte) y una foto tipo carnet.
El acceso y consulta en sala de documentos en todos los Archivos Estatales se rige por la siguiente norma: