Los refugiados y los destierros de colectivos y minorías étnicas y religiosas son actualidad, aunque la emigración forzosa y la proscripción de personas tiene larga memoria. Entre 1609 a 1610, Felipe III decidió pragmáticamente deportar a un gran número de personas, los moriscos. Estaba decidido a construir una identidad común única en sus diversos reinos, fundamentada en la religión católica. La repercusión económica y social derivada de la expulsión pervivirá durante generaciones, aunque fueron numerosos los testimonios de retornos de moriscos a la península. El Consejo de Estado era consciente y estas venidas están presentes en numerosas consultas a los diferentes Consejos reales. Salto de línea
La llegada del 1 de noviembre de 1610 del barco "La flor del mar", capitaneado por Guillermo Garret, de nación inglesa, al puerto de Alicante con setenta y un moriscos (o granadinos), catorce judíos y treinta musulmanes, habitantes de Argel, con cautivos cristianos, fue uno de los casos con más resonancia. Estos musulmanes, judíos y moriscos argumentaban que habían sido engañados por Garret, que les prometió conducir a Tetuán, donde pensaban comerciar con sus mercancías. Ya en alta mar fueron agredidos por los marineros ingleses -hubo muertos- y les requisaron sus pertenencias. Atracaron en Alicante, donde Garret solicitó un salvoconducto mediante el que el capitán inglés sometía a la esclavitud a las personas que con él se habían embarcado en Argel, y justificaba como acto de "buena guerra" el embargo de sus mercancías. Durante su cautiverio, estas mujeres, hombres y niños fueron maltratados, sin alimentos, ni propiedades, ni posibilidad de defensa, terminando algunos vendidos. En las súplicas enviadas por algunos de estos cautivos se relatan los inhumanos e injustos abusos sufridos, además de detallar qué personas fueron esclavizadas y qué propiedades confiscadas fueron repartidas entre algunos prohombres de Valencia, Alicante u Orihuela. Francisco de Castellví, auditor de causas y negocios del Tribunal de la Capitanía General, viajó a la ciudad de Alicante comisionado por Luis Carrillo de Toledo, marqués de Caracena, lugarteniente y capitán general en el Reino de Valencia, con el mandato de aclarar lo que sucedió en la nave inglesa. Castellví sostuvo los argumentos del capitán Guillermo Garret; su actuación vino respaldada por una real carta de 19 de diciembre de 1610, donde se confirmaba el salvoconducto y se ordenaba la liberación de los cristianos conducidos con la nave, mientras se disponía que los judíos, musulmanes y moriscos fueran expulsados fuera de las fronteras. Sin embargo, disponemos de los testimonios reiterativos del jesuita Pedro Juan Malonda, que se compadeció de la injusticia cometida contra los argelinos y suplicó la intercesión del Rey, rogándole en un memorial que evitara: “que los ladrones hallan amparo en Su Majestad”, dado que “ay grandes barruentos de que muchos se han untado las manos”. Y de la mediación en contra del capitán Garret del cónsul de los mercaderes ingleses en Argel, Ricardo Allin, así como de las múltiples súplicas dirigidas por los cautivos, denunciando los abusos, la confiscación de bienes y su confinamiento indebido, que consiguieron elevar la causa al Consejo Supremo de Aragón.Salto de línea
Si consultamos los instrumentos de descripción del Archivo de la Corona de Aragón, existen un gran número de referencias documentales relativas a la expulsión de los moriscos. Estas abarcan un arco cronológico de finales del siglo XVI hasta el último tercio del siglo XVII. A lo largo de este tiempo, en el Consejo Supremo de Aragón se reúnen documentos que señalan tanto las pérdidas como las compensaciones del conocido como "problema morisco". El repertorio de fuentes documentales relacionadas con aquel hecho histórico incluye los antecedentes, las políticas desarrolladas -años antes- con la población morisca, las vicisitudes en que la expulsión se produjo y las consecuencias sociales y económicas derivadas del exilio. En estos documentos se desarrollan desde los informes sobre la conveniencia de desarmar a las comunidades moriscas o los diversos procedimientos de adoctrinamiento antes de la expulsión, hasta los papeles referentes a la repoblación de los lugares forzosamente abandonados y la ocupación de los bienes vacantes por expulsión.
ACA, Consejo de Aragón, Legajos, 706 (4/1) (Consulta de Juan Ferrer)
ACA, Consejo de Aragón, Legajos, 706 (4/5) (Memorial de Pedro Juan Malonda)
ACA, Consejo de Aragón, Legajos, 706 (4/7) (Memorial de Hernán López)
ACA, Consejo de Aragón, Legajos, 607 (14) (Acuerdo del Consejo de Aragón)