Normas de Consulta en el Archivo General de Indias
Normas de Consulta en el Archivo General de Indias
ACCESO A LA SALA
Muestre su identificación a la entrada.
Muestre su material de trabajo al personal de Seguridad. Si dispone de ordenador portátil, muéstrelo abierto.
Solicite un puesto de trabajo en el mostrador de Sala, indicando su número de usuario, nombre y apellidos.
Lea con atención las normas de Sala.
OBJETOS PERMITIDOS
Cuartillas sueltas DIN A5 o equivalente.
Ordenador portátil sin funda.
Tablet, con su soporte y teclado accesorio, sin funda.
Lápices y portaminas. Lupa.
OBJETOS NO PERMITIDOS
Alimentos y bebidas.
Objetos cortantes, punzantes o que puedan dañar los documentos (cúter, tijeras, compases, punzones, rotuladores marcadores, tippex, papel calcográfico, papel cebolla, cola, etc.).
Prendas de abrigo (gabardinas, chaquetones, abrigos, bufandas, etc.) en caso de no llevarlas puestas.
Sombreros o gorras.
Paraguas.
Paquetes y bolsas de todo tipo: Maletines, mochilas, carpetas, carteras, bolsos y estuches de cualquier objeto, paquetes postales.
Teléfono móvil.
Cámaras fotográficas, videocámaras, cámaras incorporadas a otros dispositivos lápiz óptico, radio, grabadoras, etc.
Libros, revistas, periódicos, recortes de prensa, transparencias, postales, fotografías, mapas y planos, sobres abiertos o cerrados, papeles adhesivos o similares, cintas de vídeo, CD´s, DVD´s, etc.
TRABAJO EN SALA
Deberá seguir en todo momento las instrucciones del personal del archivo. Respete el horario de cierre. Debe recoger 15 minutos antes.
La sala está destinada exclusivamente a la consulta de documentación del Archivo General de Indias.
La consulta de documentación y el uso de la sala es individual. No está autorizado el trabajo en grupo.
Deberá guardar silencio dentro de la Sala, por respeto al resto de los usuarios.
Desconecte el sonido del ordenador personal.
Si desea hacer uso de auriculares, mantenga el volumen lo más bajo posible, para no molestar al resto de usuarios de la Sala
Si tiene alguna duda, acuda al Jefe de Sala.
Tiene a su disposición instrumentos de descripción e información sobre los fondos del Archivo, así como bibliografía de referencia.
CONSULTA DE LA DOCUMENTACIÓN
Mantenga el orden de los documentos dentro del legajo, aunque se encuentren en aparente desorden. Los atados deberán volver a colocarse, poniendo especial cuidado en no dañar los documentos.
Solo se permiten solicitar 2 legajos por usuario, teniendo uno en la mesa para su consulta y el otro reservado.
Manipule con cuidado la documentación, apoyándola sobre la mesa o el atril. Evite apoyarse o escribir encima. No la mueva fuera del puesto de investigación, salvo para devolverla.
Avise al Jefe de Sala si observa documentos en mal estado o cualquier otra incidencia que afecte a la documentación.
Recoja los legajos o libros solicitados en el mostrador de Sala. Tras su consulta, el usuario los devolverá en el mostrador de sala, correctamente atados.
Para cualquier incidencia no incluida aquí, consulte al Jefe de Sala.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la información pública y buen gobierno.
Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, arts. 48-66.
Ley 9/1968, de 5 de abril, reguladora de los Secretos Oficiales.
Real Decreto-ley 12/2017, de 3 de julio, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril.
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Real Decreto 1266/2006, de 8 de noviembre, por el que se deroga el Real Decreto 1969/1999, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición de la tarjeta nacional de investigador para la consulta en los archivos de titularidad estatal y en los adheridos al sistema archivístico español, en lo relativo a los archivos de titularidad estatal dependientes del Ministerio de Cultura.
Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso.
Orden CUL/1077/2011, de 25 de abril, por la que se fijan los precios públicos de determinados servicios prestados por los órganos centrales del Ministerio de Cultura.
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