La Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación del Ministerio de Cultura y Deporte de España colabora con el Centro de Arbitraje y Mediación de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual para adaptar a la legislación española y publicitar los distintos procedimientos de resolución alternativa de controversias (Alternative Dispute Resolution o ADR por sus siglas en inglés) en materia de derechos de autor y contenido digital ofrecidos por el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI.
Mediación y arbitraje de la OMPI
SubirEl Centro de Mediación y arbitraje de la OMPI presta servicios de mediación y arbitraje para resolver controversias en materia de derechos de autor.
Los siguientes modelos de acuerdo de sometimiento a mediación y arbitraje de la OMPI de las controversias en materia de derechos de autor y contenido digital contienen los elementos necesarios para ayudar a las partes a someter a mediación o arbitraje de la OMPI las controversias que pudieran surgir ente ellas en esta materia.
Las partes pueden emplear directamente estos modelos o adaptarlos a sus necesidades.
Adicionalmente, con arreglo al artículo 4 del Reglamento de Mediación de la OMPI, una parte en una controversia derivada de un contrato que no contenga una cláusula de mediación, o derivada de una infracción en materia de propiedad intelectual, puede invitar a la otra parte a un procedimiento de mediación mediante una Solicitud Unilateral de Mediación OMPI.
La parte que desee proponer someter una controversia a mediación de la OMPI deberá presentar la solicitud al Centro de Mediación y Arbitraje de la OMPI y enviarla, al mismo tiempo, a la otra parte con el fin de que considere la posibilidad de someter la controversia a mediación de la OMPI.
Si la otra parte acepta, el Centro de la OMPI se encargará de administrar el caso.
Decisión de experto de la OMPI para los contenidos en línea cargados por usuarios
SubirEl Centro de la OMPI ofrece igualmente un procedimiento específico, ágil y sencillo para resolver controversias relacionadas con el acceso y/o la retirada, por parte de prestadores de servicios para compartir contenidos en línea (OCSSPs por sus siglas en inglés), de obras o prestaciones protegidas cargadas previamente por los usuarios de dichos servicios, en aplicación de la regulación sobre uso de contenidos protegidos.
Para ello, ha adaptado a la legislación española el Reglamento de Decisión de Experto de la OMPI para la resolución sobre contenidos cargados por usuarios (conocido como Reglamento EDUUC de la OMPI), por el cual un experto en materia de derechos de autor nombrado por el Centro de la OMPI decide si un determinado contenido cargado en línea por un usuario y bloqueado o retirado por el prestador del servicio debe efectivamente, o no, ser objeto de retirada o bloqueo de conformidad con la legislación en vigor.
Las partes del procedimiento son el titular de derechos de la obra o prestación protegida y el usuario que cargó el contenido bloqueado o retirado por el prestador de servicios.
El procedimiento se inicia mediante solicitud de la parte interesada, que puede estar basada en un acuerdo previo entre las partes por el que deciden someter este tipo de controversias a la Decisión de Experto de la OMPI o, en ausencia de este acuerdo, puede ser una solicitud unilateral de cualquier de las partes.
El resultado del procedimiento EDUUC de la OMPI se limita a ratificar la retirada o el bloqueo del contenido previamente retirado o bloqueado por el prestador del servicio o a acordar su publicación.
En cualquier caso, el uso del procedimiento del Reglamento EDUUC de la OMPI es opcional para ambas partes y no excluye el recurso a los tribunales competentes.