Servicios al ciudadano Industrias Culturales
Las ayudas para la modernización e innovación de las industrias culturales y creativas tienen por objeto modernizar e innovar las industrias culturales y creativas que actúen en alguno de los siguientes sectores: arquitectura, artes audiovisuales, artes escénicas, artes plásticas y visuales, artes interactivas, cine, diseño, gestión cultural, libros, moda, música y danza, nuevos géneros creativos multimedia, nuevos medios de comunicación, patrimonio cultural, publicidad, radio y televisión y turismo cultural..
Podrán ser beneficiarios los profesionales inscritos en el Régimen Especial de trabajadores autónomos y las pequeñas empresas y las microempresas, de nacionalidad española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y tengan residencia fiscal en España.
Se entiende por microempresa y por pequeña empresa las que con tal carácter se definen en la Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003, publicada en el DOUE núm. 124, de 20 de mayo de 2003.
Quedan excluidas las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, así como las entidades sin ánimo de lucro.Salto de línea Los beneficiarios no podrán obtener ayuda en más de tres convocatorias consecutivas. Por tanto, las entidades que hayan sido beneficiarias en las tres últimas convocatorias no podrán presentarse a la convocatoria, quedando excluidas en el caso de hacerlo.Salto de línea
La concesión de estas ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación y publicidad.Salto de línea La convocatoria, así como la concesión de estas ayudas, será publicada en la página web del Ministerio de Cultura y Deporte y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). Además, el extracto de la orden de convocatoria será publicado en el Boletín Oficial del Estado.Salto de línea
Requisitos y forma de presentación de las solicitudes para personas jurídicas.
Las solicitudes deberán presentarse exclusivamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte, que se encontrará disponible en la página web del Ministerio de Cultura y Deporte. Solo se podrá presentar una solicitud por titular (si se presentan más, solo se valorará la primera y se excluirá el resto).
Requisitos y forma de presentación de las solicitudes para personas físicas sujetas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
A través de la sede electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte.
Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Será necesario cumplimentar la solicitud cuyo modelo forma parte de esta convocatoria en su Anexo III y podrá obtenerse en la página web del Ministerio de Cultura y Deporte (http://www.culturaydeporte.gob.es/cultura-mecd/areas-cultura/industriasculturales). El sello del registro, acreditativo de la fecha de presentación, deberá figurar en la solicitud.
Las solicitudes deberán formularse por los interesados, o por personas que actúen en su nombre o representación, siendo necesario en este último caso que presenten la documentación acreditativa de las facultades representativas.
La ayuda concedida por el Ministerio de Cultura y Deporte en esta convocatoria representará un máximo del 80% del coste total del proyecto. Como mínimo el 20% del proyecto debe financiarse con fondos propios o con otras aportaciones públicas o privadas.
El importe máximo imputable a la subvención será de 2.940.000 €.