Requisitos generales
- Que la actuación cumpla la finalidad del 1% Cultural, esto es, que se destine a trabajos de conservación, restauración, rehabilitación y consolidación, de enriquecimiento del Patrimonio Cultural Español (adquisición de bienes culturales) o a fomento de la creatividad artística.
- Que el inmueble esté declarado Bien de Interés Cultural o categorías asimilables de las Comunidades Autónomas. También se podrá solicitar para bienes que tengan iniciado el expediente de declaración.
- Que el inmueble sea de titularidad públicaSalto de línea
Excepciones para invertir en edificios históricos privados:
- Cuando aun tratándose de una propiedad privada, ésta sea cedida a una administración pública para su uso público, debidamente inscrito en el correspondiente registro y por un plazo mínimo de 50 años.
- Las inversiones que se realicen en bienes incluidos en la Lista del Patrimonio Mundial (UNESCO).
- Plan Nacional de Catedrales
- Presentar un proyecto de ejecución de la actuación
Requisitos ayudas 1,5% cultural MITMA
Actualmente, los requisitos para obtener financiación de las ayudas del 1,5% cultural del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana se establecen en la Orden FOM/1932/2014,
de 30 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones de conservación o enriquecimiento del Patrimonio Histórico Español, con cargo a los recursos procedentes de las obras públicas financiadas por el Ministerio de Fomento y por la Entidades del sector público dependientes o vinculadas.