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Organización

El Registro de la Propiedad Intelectual es único en todo el territorio nacional y está integrado por los Registros Territoriales y el Registro Central, además de una Comisión de Coordinación como órgano colegiado de colaboración entre los Registros.

Registro Central y Registros Territoriales

  • Los Registros Territoriales son establecidos y gestionados por las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla. Existen Registros Territoriales en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Asturias, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, La Rioja, Madrid, Murcia y País Vasco.
  • El Registro Central forma parte de la Administración General del Estado y depende del Ministerio de Cultura y Deporte. En todas las capitales de provincia de las Comunidades Autónomas de Islas Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Manchay Navarra, así como en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla existe una Oficina del Registro Central.
Mapa de los registros de la propiedad intelectual

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  • Oficinas dependientes del Registro CentralSalto de línea Salto de línea Salto de línea Salto de línea Salto de línea Salto de línea Salto de línea Salto de línea Salto de línea Salto de línea Salto de línea

Salto de línea Unidad de registro

El Registro de la Propiedad Intelectual es único por su organización, estando sus competencias distribuidas entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

Por esta razón, las inscripciones realizadas en cualquiera de los Registros tienen la misma validez en todo el territorio español.

Los principios que rigen el funcionamiento de la unidad de registro se establecen en el art. 8 del Reglamento:

  • Lealtad institucional.
  • Colaboración basada en la unidad del registro.
  • Garantía de acceso de todos los ciudadanos al registro en condiciones de igualdad.
  • Simplificación, eficacia y eficiencia administrativas.

Bases de la unidad de registro:

  • Reglamentación común.
  • Coordinación de la información, sistema de gestión TIC.
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