Las páginas web no son una clase de obra, sino que constituyen una forma de divulgar contenidos; por tanto, se protegen las creaciones originales de carácter literario, científico o artístico que contenga la página, pero no esta como tal.
Los multimedia no son una clase de obra, sino que constituyen la forma de presentar determinadas creaciones de forma conjunta y simultanea mediante una aplicación informática que permite la interactividad de sus contenidos; por tanto, se protegen las creaciones originales de carácter literario, científico o artístico que contenga el multimedia, pero no este mismo.
La protección sólo recae sobre las creaciones efectivamente aportadas en el expediente en el momento de la solicitud, y no sobre cualquier modificación o ampliación incluida en la página con posterioridad.
No es registrable el diseño gráfico de la web, ni los textos, fotografías, músicas, ilustraciones, o cualquier otra creación de otros autores.
Se acompañará a la solicitud:
1.º Una memoria en soporte papel, debidamente paginada y encuadernada, que relacione de forma individualizada cada creación para la que se solicita el registro, la identifique con el nombre del fichero informático que la contiene, y mencione expresamente el nombre y apellidos de su autor.
2.º Una copia de la página o del multimedia en un soporte cuyo contenido pueda ser examinado por el Registro (CD, DVD, memoria USB), legible por un PC sin necesidad de tratamiento previo, haciendo constar título y autor/es en el soporte.
La inscripción de este tipo de derechos devenga las tasas que establece el artículo 20 de la Ley 66/1997 de 30 de diciembre, en la redacción dada al mismo por la disposición adicional 5ª de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
Mediante la aplicación telemática RePI , disponible en la Sede Electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte, se puede realizar todo el proceso de solictud de inscripción a través de internet.
Para utilizar esta opción puede acceder a través de Cl@ve.
Tambien puede acceder a tarvés de un certificado eléctronico que la Administración General del Estado considere válido .
También es posible presentar la solicitud en las oficinas provinciales del Registro.
Los modelos de solicitud están disponibles en las propias oficinas y en internet en formato PDF cumplimentable.
Para la primera inscripción de derechos de obras literarias se deben utilizar los siguientes modelos de solicitud:
Cuando se desee realizar una primera inscripción con transmisión de derechos se utilizarán los siguientes modelos:
Para las sucesivas inscripciones (cuando se ha realizado una primera inscripción en el Registro Central y se desea realizar una sucesiva sobre dicha inscripción) se cumplimentarán estos modelos:
Modelos auxiliares: