1.º Se indicará el género musical de la composición.Salto de línea 2.º También se hará constar el número de compases y la duración aproximada.Salto de línea 3.º Se indicará la plantilla instrumental y vocal, en su caso, de la obra.Salto de línea 4.º En su caso, número de depósito legal.Salto de línea 4.º Se entregará un ejemplar de su partitura.
La inscripción de este tipo de derechos devenga las tasas que establece el artículo 20 de la Ley 66/1997 de 30 de diciembre, en la redacción dada al mismo por la disposición adicional 5ª de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
Mediante la aplicación telemática RePI , disponible en la Sede Electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte, se puede realizar a través de internet todo el proceso de solictud de primera inscripción.
Para utilizar esta opción puede acceder a través de Cl@ve.
También puede acceder a través de un certificado eléctronico que la Administración General del Estado considere válido .
También es posible presentar la solicitud en las oficinas provinciales del Registro.
Los modelos de solicitud están disponibles en las propias oficinas y en internet en formato PDF cumplimentable.
Para la primera inscripción de derechos de composiciones musicales se deben utilizar los siguientes modelos de solicitud:
Cuando se desee realizar una primera inscripción con transmisión de derechos se utilizarán los siguientes modelos:
Para las sucesivas inscripciones (cuando se ha realizado una primera inscripción en el Registro Central y se desea realizar una sucesiva sobre dicha inscripción) se cumplimentarán estos modelos:
Modelos auxiliares: