Se presentará junto con la solicitud:
1º. La totalidad del código fuente, que se presentará como ejemplar identificativo del programa de ordenador. Se podrá presentar en soporte digital (CD, DVD, memoria USB) siempre que pueda ser legible por un PC sin necesidad de tratamiento previo y sin comprimir. En el soporte se hará constar título y autor/es en la portada.
2. El ejecutable del programa en un soporte cuyo contenido pueda ser examinado por el Registro (CD-ROM, DVD meoria USB), legible por un PC sin necesidad de tratamiento previo y sin comprimir, haciendo constar título y autor/es en el soporte.
3. En virtud de lo establecido en el art. 14.v) del Reglamento del Registro General de la Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto 281/2003, de 7 de marzo, una memoria en soporte papel, encuadernada y paginada, con los siguientes datos:
La inscripción de este tipo de derechos devenga las tasas que establece el artículo 20 de la Ley 66/1997 de 30 de diciembre, en la redacción dada al mismo por la disposición adicional 5ª de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
Mediante la aplicación telemática RePI , disponible en la Sede Electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte, se puede realizar todo el proceso de solictud de inscripción a través de internet.
Para utilizar esta opción puede acceder a través de Cl@ve.
También puede acceder a través de un certificado eléctronico que la Administración General del Estado considere válido .
También es posible presentar la solicitud en las oficinas provinciales del Registro.
Los modelos de solicitud están disponibles en las propias oficinas y en internet en formato PDF cumplimentable.
Para la primera inscripción de derechos de obras literarias se deben utilizar los siguientes modelos de solicitud:
Cuando se desee realizar una primera inscripción con transmisión de derechos se utilizarán los siguientes modelos:
Para las sucesivas inscripciones (cuando se ha realizado una primera inscripción en el Registro Central y se desea realizar una sucesiva sobre dicha inscripción) se cumplimentarán estos modelos:
Modelos auxiliares: