Ud está aquí:
  1. Hasiera
  2. Kultura
  3. Kultura Ondarea
  4. %1 Kulturala
  5. Eskaera eta baldintzak

Volver

Eskaera eta baldintzak

Los ministerios y organismos obligados deben destinar el 2% generado de acuerdo en actuaciones que cumplan los siguientes requisitos:

  • Cumplir la finalidad del 2% Cultural, esto es, que los fondos se destinen a:
    • Trabajos de conservación, restauración, rehabilitación y consolidación de bienes inmuebles.
    • Adquisición de bienes culturales.
    • Fomento de la creatividad artística.

En el caso de actuaciones en inmuebles:

  • El inmueble debe estar declarado Bien de Interés Cultural (o categorías de máxima protección de las Comunidades Autónomas o tener iniciado el expediente de declaración).
  • El inmueble debe ser de titularidad pública.

Excepciones para invertir en edificios históricos privados:

* Cuando la propiedad esté cedida a una administración pública para su uso público, debidamente inscrita en el correspondiente registro y por un plazo mínimo de 50 años.Salto de línea * Cuando las inversiones que se realicen en bienes incluidos en la Lista de Patrimonio Mundial (UNESCO) o del Plan Nacional de Catedrales

  • Contar con un Proyecto de ejecución de la actuación

Requisitos ayudas 1,5% cultural MITMA

El antiguo Ministerio de Fomento, actual Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, acordó en 2013 con el entonces Ministerio de Educación, Cultura y Deporte aumentar el porcentaje de esta medida al 1,5% para sus obras públicas y las de sus organismos dependientes.

Desde 2014, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana destina los fondos que genera a actuaciones en bienes inmuebles declarados de Interés Cultural a través de convocatorias de ayudas.

Hasta la fecha, los requisitos para obtener financiación de las ayudas del 1,5% cultural del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana se establecen en la Orden FOM/1932/2014PDF, de 30 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones de conservación o enriquecimiento del Patrimonio Histórico Español, con cargo a los recursos procedentes de las obras públicas financiadas por el Ministerio de Fomento y por la Entidades del sector público dependientes o vinculadas.

La última convocatoria de ayudas del 1,5% cultural fue la publicada en el BOE de 16 de enero de 2020, estando ya resuelta.

Subir

Esta web utiliza cookies propias para facilitar la navegación y cookies de terceros para obtener estadísticas de uso y satisfacción.

Puede obtener más información en el apartado "Cookies" de nuestro aviso legal.

AceptarRechazar