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La Ley de Patrimonio Histórico establece la obligación de destinar en los contratos de obras públicas una partida de al menos el 1% a trabajos de conservación o enriquecimiento del Patrimonio Cultural Español o al fomento de la creatividad artística, con preferencia en la propia obra o en su inmediato entorno.
El 1% Cultural se genera reservando el 1% de:
No tendrán esta obligación:
El Ministerio de Fomento acordó con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en 2013 aumentar el porcentaje de esta medida al 1,5% para sus obras públicas y las de sus organismos dependientes.
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