El Protectorado de Fundaciones de competencia estatal tiene por objeto velar por el correcto ejercicio del derecho de fundación y por la legalidad de la constitución y funcionamiento de las fundaciones, prestando servicios de apoyo, impulso y asesoramiento.
Tras la entrada en vigor el día 7 de julio de 2018 del Real Decreto 817/2018, de 6 de julio por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte y se modifica el Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, se concentran en el Ministerio de Cultura y Deporte todas las funciones de protectorado de las fundaciones de competencia estatal, con la única excepción de las fundaciones bancarias.
Los trámites cuya solicitud de inicio debe presentarse ante el Protectorado de Fundaciones son los siguientes:
Dependiendo de dónde realicen principalmente sus actividades las fundaciones, el Protectorado corresponderá ejercerlo a la Administración General del Estado, a través del Protectorado del Ministerio de Cultura y Deporte, si desarrolla su actividad en todo el territorio del Estado o principalmente en el territorio de más de una Comunidad Autónoma; o a las distintas Comunidades Autónomas, si se ciñe a una sola; sin perjuicio, en ambos casos, de que se extienda al extranjero.